CCOO obtiene una nueva victoria judicial y un reconocimiento expreso de los derechos laborales de los periodistas
El Ayuntamiento de Alboraya reconoce la categoría profesional de periodista a un trabajador contratado como auxiliar administrativo, con el fin de evitar un juicio. Durante años se le negó al periodista dicho categoría pero, momentos antes del inicio de la sesión de reclamación de salarios, los representantes del Ayuntamiento ofrecieron un acuerdo.
El trabajador estuvo más de seis años elaborando el periódico municipal, pero nunca se le reconoció la categoría laboral de periodista, ni cobró como tal, sino que fue ayudante del gabinete de prensa, auxiliar de redacción y en la última fase, auxiliar administrativo. El periodista solicitaba en el Juzgado el pago de la diferencia entre lo que cobró y lo que debería haber cobrado, y la cotización a la Seguridad Social de la parte no pagada: 3.911,72 euros brutos. La empresa pública municipal del Ayuntamiento de Alboraya -donde los gestores son concejales del ayuntamiento-, Ecodial, se comprometió a pagar el neto al trabajador en una semana y a gestionar los trámites de IRPF y de Seguridad Social.
El acuerdo recibió el visto bueno de la juez del Juzgado de lo Social número 9 de Valencia. El acta refleja que la cantidad se refiere a diferencias salariales del período septiembre 2006 a julio 2007, y el motivo era “por la realización de su trabajo como redactor del periódico de Alboraya”. Ya existe una sentencia de despido improcedente conseguida por Comisiones Obreras que reconoce al mismo periodista la categoría profesional de redactor a efectos de indemnización y salarios de trámite. Ésta fue emitida por el Juzgado de lo Social número 7, en diciembre de 2007, y fija como sueldo el correspondiente a la categoría de redactor, porque ése era el trabajo del contratado y no auxiliar administrativo, como también afirmó en aquella sentencia la Juez, y en aplicación del convenio de prensa no diaria, el Ayuntamiento fue penalizado con el pago de más de 400 días de salario.
En concreto la indemnización ascendió a 45 días por 6 años (12.915 euros), a los que se añadió 139 días de salarios de tramitación (6.469,06 euros) más la seguridad social correspondiente a los salarios de trámite. Aun así, el trabajador lamenta que únicamente podrá justificar que ha sido periodista en Alboraya durante 11 meses de los más de seis años en que trabajó. Éste es el tiempo que tiene trabajado, y después del acto del lunes 10, cobrado y cotizado a la Seguridad Social como periodista. El resto de las prestaciones ha sido una indemnización por despido; y unos salarios de trámite en los cuales ya no trabajó. La Ley únicamente permite la reclamación de salario del año anterior al despido, que en este caso quedó en 11 meses.
El trabajador ejerció desde junio del año 2001 hasta julio de 2007 como redactor del Periòdic d’Alboraya, si bien en los varios contratos y prórrogas que firmó nunca figuró tal categoría, sino como “colaborador del gabinete de prensa”, “auxiliar de redacción” o “auxiliar administrativo”. La relación laboral se produjo a través de una sucesión empresarial, como dictó el Juzgado número 7 de Valencia, en la sentencia número 469. La sucesión se dio entre el ayuntamiento en sí y dos empresas públicas del propio ayuntamiento, con capital 100% público, que son las que después del consistorio gestionaron el Periòdic: EGUSA y ECODIAL.
Dichas empresas y el Ayuntamiento son la misma entidad, aunque con funcionamiento diferente, según avala la Junta General de Accionistas de las empresas, dirigida por concejales del Ayuntamiento de Alboraya. En el caso de ECODIAL, donde los dos últimos años antes del despido trabajaba el periodista, la presidenta del Consejo de Administración es Virginia Garrigues, edil del PP. El vicepresidente es el diputado provincial y concejal de Alboraya Vicente Ferrer, quien, accederá a escaño en el Congreso de los Diputados de Madrid en breve, por el PP.
En el momento en que se produjo el despido, la presidenta y vicepresidente del Consejo eran otros ediles que ya no forman parte de la corporación. El alcalde de Alboraya, Manuel Álvaro, que en breve está previsto que acceda al cargo de diputado provincial por el PP en la Diputación de Valencia, fue quien firmó la notificación de fin de contrato del trabajador.
En ese documento, el alcalde afirma que “culminados los trabajos de elaboración y confección del libro ‘Alboraya cultura y fiestas’, mediante el presente le notificamos que con fecha 31 de julio de 2007 daremos por finalizado el contrato de duración determinada suscrito por usted”. Una versión de los hechos muy diferente de la que la juez reconoció, cuatro meses después, en la sentencia 469: “la relación laboral ha de entenderse por tiempo indefinido y, en consecuencia, la comunicación de fin de contrato carece de causa legal y ha de estimarse que constituye un despido, que ha de ser declarado improcedente”.
Aunque efectivamente el periodista escribió el libro, éste que no era el motivo por el cual fue contratado en la última de las empresas municipales en las que trabajó, a partir de agosto de 2005. Su principal función en el Ayuntamiento fue la realización de El Periòdic d’Alboraya, como el lunes 10 reconoció y firmó ante el juez la empresa del Ayuntamiento de Alboraya, Ecodial.
Según la versión del alcalde la obra de su contrato era la realización de un libro, y en el primer juicio Ecodial intentó hacer creer a la Juez que en los dos años anteriores al despido, el trabajador no había publicado ningún artículo en el Periòdic d’Alboraya, y que la obra de su contrato fue únicamente elaborar el citado libro. La Juez no dio crédito a esta versión ya que tenía ante sí decenas de artículos firmados por el periodista en el Periòdic.
Indirectamente, además, se interpretaba una cuestión de dudosa legalidad, como que el contrato de auxiliar administrativo podía amparar la investigación para elaborar un libro, la maquetación, la selección de fotos entre el fondo municipal, la redacción del libro y efectuar los trámites para publicarlo: ISBN o pedir presupuesto en distintas imprentas, entre otros trámites. Todas estas funciones fueron efectivamente desarrolladas por el periodista.
Para desmontar la argumentación expuesta en la notificación de fin de contrato, el periodista aportó más de 30 pruebas y testigos de que su trabajo principal en los dos últimos años era el Periòdic d’Alboraya. Entre los testigos, declaró un concejal de la oposición y otro que también acudió al Juzgado pero finalmente no declaró. Entre las pruebas, ejemplares del Periòdic, en algunos de los cuales el periodista firmaba prácticamente la mitad de las noticias y figuraba en todos como miembro de la redacción; o un documento del presupuesto del ayuntamiento en que constaba que sus funciones eran elaborar el periódico municipal.
3 comentarios:
Hay mucha gente que se le termina el contrato y no arma tanto jaleo, pero claro como este señor es la pareja de quien es, la señora de de "mes a mes ", se podia dedicar hacer críticas constructivas en los plenos y no hacer perder tanto tiempo con sus tonterias a los ciudadanos de Alboraya.
El problema es que es un juez quien ha dicho que se trata de un despido improcedente, de un trabajador que trabajaba en el ayuntamiento desde mucho antes de que la concejal del BLOC estuviera en su cargo.
Y parece que hay 5 despidos improcedentes más, y esta situación a mí sí que me parece digna de "jaleo".
Quiero saber si para auxiliar administrativo necesito hacer un curso de contabilidad, y si para ello necesito crear correo electrónico nuevo o puedo usar el que tengo gratuito de hotmail.
Gracias,
Andrea Mabel
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